Como notarios expertos en la separación de bienes en Alberic queremos aprovechar esta nueva publicación del blog para explicarte en qué consiste exactamente y en qué casos es recomendable.
Al contraer matrimonio es importante regular los efectos legales de la unión. Tenemos que tener claro que el matrimonio, civil o religioso, crea un vínculo familiar entre los cónyuges. Al dar este paso, una pareja puede pactar sobre la mayoría de los efectos del matrimonio y de su posible ruptura. Por eso, en la Notaría Alberic P. Noguera queremos que tengas claro todo lo relativo al régimen económico matrimonial (R.E.M.). El régimen de separación de bienes respeta el derecho de cada uno de los cónyuges a organizar su propia economía y a asumir los riesgos de sus negocios particulares. Tras la celebración del matrimonio, ambos miembros conservan la propiedad y el uso de los bienes que tuvieran antes de casarse y de lo que se adquiera mientras dure la unión matrimonial.
Por supuesto, ambos cónyuges están obligados a contribuir al sostenimiento de los gastos de la familia. En España, si no se pacta nada antes de casarse, el matrimonio queda sujeto automáticamente a un régimen de separación de bienes. Lo contrario sería la constitución de una sociedad de gananciales. Como expertos en el régimen de separación de bienes en Alberic te recordamos que también hay regímenes intermedios como el llamado de “participación en las ganancias”. El pacto sobre el régimen económico del matrimonio ha de hacerse ante notario obligatoriamente. Allí se emitirá un documento llamado “capitulaciones matrimoniales”.